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MUNICIPALIDAD // CESCO
 

La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695 vigente, en su art. 2 establece que las municipalidades estarán constituidas por el Alcalde, que será su máxima autoridad, y por el Concejo Municipal. Cada municipalidad contará, además con un Consejo Económico y Social Comunal (CESCO) de carácter consultivo.

El CESCO, es presidido por el Alcalde, y está compuesto por representantes de la comunidad local organizada; tiene por objeto asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional y de actividades relevantes en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

Los nuevos miembros del CESCO

  • Organizaciones Territoriales:


  • Organizaciones Funcionales:


  • Actividades Relevantes:
 
 
 
     
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