Es un
aporte que entregar� el Estado a todas las chilenas, sin importar su condici�n
social, laboral o econ�mica, s�lo por el hecho de haber sido madres. Se
concretar� como un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado, que se depositar�
en la cuenta de capitalizaci�n individual de la mujer a los 65 a�os de edad,
aumentando sus fondos previsionales y su pensi�n final.
Este bono
es un reconocimiento in�dito en Chile al significativo aporte que hace la mujer
a la sociedad desde su rol de madre.
Caracter�sticas
del Bono
Es un
beneficio que incrementar� el monto de la pensi�n de la mujer a trav�s del
otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Se otorgar� a
todas las mujeres que cumplan con los requisitos y se pensionen a contar del 1�
de julio de 2009 (Ya sea a trav�s del Pilar Solidario de la Reforma
Previsional, AFPs o por medio de una pensi�n de sobrevivencia).
Monto del
beneficio
Ser� el equivalente al 10%
de 18 ingresos m�nimos mensuales, lo que al 1 de julio de 2009, ser� de
300 mil pesos aproximadamente.
Rentabilidad
del beneficio
Rentabilidad respecto de
hijos nacidos vivos DESPU�S del 1 de julio de 2009: A la bonificaci�n se
le aplicar� una tasa de rentabilidad por cada mes completo, contado desde
el nacimiento del hijo y hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 a�os
de edad.
Rentabilidad respecto de
hijos nacidos vivos ANTES del 1 de julio de 2009: La tasa de rentabilidad
se aplicar� desde el 1 de julio de 2009 y hasta el mes en que la mujer
cumpla los 65 a�os de edad.
La tasa de rentabilidad ser�
en ambos casos equivalente a la rentabilidad nominal anual promedio de los
Fondos tipo C, descontadas las comisiones de administraci�n de las AFP.
Qui�nes tienen
derecho al bono por hijo nacido vivo
Las mujeres afiliadas a una
AFP.
Las mujeres beneficiarias de
la Pensi�n B�sica Solidaria.
Las mujeres que sin estar
afiliada a un r�gimen previsional perciba una pensi�n de sobrevivencia o
viudez.
Qui�nes
no tienen derecho al bono
Las mujeres pensionadas con
ANTERIORIDAD al 1 de julio de 2009.
Las mujeres pensionadas por
IPS (ex INP), CAPREDENA, DIPRECA.
Requisitos
para acceder al bono
Tener o haber tenido un hijo
nacido vivo o adoptado.
Tener a lo menos 65 a�os de
edad.
Haber vivido al menos 20
a�os en Chile
Que la mujer se pensione a
contar del 1� de julio de 2009.
�Cu�ndo
se entrega el bono?
El bono se entrega cuando la
mujer cumple 65 a�os de edad. NO se entrega al nacimiento del hijo.
Procedimiento
de postulaci�n
Las mujeres deber�n
presentar la solicitud en el Instituto de Previsi�n Social (IPS, actual
INP) o en su municipio, a partir del 1 de julio de 2009, al cumplir los 65
a�os de edad.
�C�mo se
paga el bono a cada beneficiaria?
Mujeres afiliadas a AFPs:
En este caso, la o las bonificaciones se depositar�n en su cuenta de
capitalizaci�n individual.
Mujeres beneficiarias de PBS
de Vejez:
En este caso, el Instituto de Previsi�n Social (IPS, actual INP) les
calcular� una pensi�n autofinanciada de referencia, considerando como su
saldo la o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan.
El resultado de este c�lculo incrementar� su PBS de Vejez.
Mujeres con pensi�n de
sobrevivencia no afiliadas a AFP o INP.
Se les calcular� una pensi�n autofinanciada de referencia, considerando
como su saldo las o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les
correspondan. En este caso, el monto resultante se sumar� al aporte
previsional solidario que le corresponda.
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